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Proceso Único de Ejecución

Expediente : 
Escrito : 01 
Cuaderno : Principal 
Sumilla : PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN 


SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO 
DE .............................:

LADISLAO QUIROX, identificado con DNI N° 0 000 000, con domicilio real en la Av. Los Pasos N° 353 – Cooperativa Loreto, distrito de La Coruña, señalando domicilio procesal en la Av. Los Hombres Libres N° 221-B, Of. 777, Urb. Ingeniería, La Coruña; A Ud. Atentamente dice: 


I. DEMANDADA: 

VERTEX IMPORTADORA S.R.L, a quien se deberá notificar en el Jr. Los Olivos Nº 888, Urbanización Las Almenas, distrito de Los Libres, provincia y departamento de Tacna. 


II. PETITORIO: 

En la vía de PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN, Interpongo demanda SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, con el objeto que la demandada cumpla con pagarme la suma de S/. 14.000.oo (CATORCE MIL SOLES), más los Intereses Legales que correspondan, mas las Costas y Costos del proceso, en atención a los fundamentos que paso a exponer: 


III. FUNDAMENTOS DE HECHOS: 

PRIMERO.- Con fecha 11 de abril del 2019, el Sr. SERGIO VIGO, en su calidad de representante de la ejecutada VERTEX IMPORTADORA S.R.L, me giró el Cheque N° 08-2019-17 34563 a cargo del Banco del Sur, por el importe de S/. 14.000.oo, constituyéndome en beneficiario de dicho Título Valor, en vista que el recurrente le había vendido cierta cantidad de mercadería consistente en madera por el monto del cheque. 

SEGUNDO.- Es el caso señor Juez, que al apersonarme al banco respectivo para hacer efectivo el cobro del Cheque descrito en el punto anterior, me di con la ingrata sorpresa que la Cuenta Corriente del denunciado había sido cancelado; por lo que viéndome burlado ante la actitud maliciosa y abusiva del representante de la demandada, con fecha 11 de mayo del 2019 le cursé una Carta Notarial, requiriéndole al pago del importe del Cheque, en caso contrario acudiría a las autoridades judiciales, cosa que hasta la fecha no he obtenido respuesta alguna. 

TERCERO.- De lo expuesto, resulta claro que estoy presentando una pretensión legalmente digna de tutela y que cuenta con interés y legitimidad para obrar, en concordancia con los Artículos IV del Título Preliminar y 690 (Dec. Leg. 1069) del Código Procesal Civil, pues conforme se desprende del Título Ejecutivo, existe una obligación de pago representada en la misma y que a la fecha se encuentra vencida e impaga, por lo que la obligación es Cierta, Expresa y Exigible en el tiempo, Lugar y Modo. 


IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO: 
Amparo mi pretensión en lo siguiente: 

Artículos 130, 424 y 425 del Código Procesal Civil: Respecto a que mi parte está cumpliendo con la forma del escrito, requisitos y anexos que prescriben las normas acotadas para la presentación de una demanda. 

Artículo 688 Inc. 4° del Código Procesal Civil: Que establece; Se puede promover proceso de ejecución en virtud de un Título ejecutivo. En el caso de autos el Cheque impago por Falta de Fondos que adjunto. 

Artículos 690 (Dec. Leg. 1069) y demás pertinentes del Código Procesal Civil: Que disponen La legitimación para promover ejecución quien en el título ejecutivo o de ejecución tiene reconocido un derecho a su favor, contra aquel que en el mismo tiene la calidad de obligado; Como el caso del Título Valor que estoy anexando. 

Artículos 1219 Inciso 1, 1220, 1241, 1242 y demás pertinentes del Código Civil: Referente a que; El acreedor tiene el derecho de proceder con las garantías en el orden que mejor le convenga, cobrando los gastos e intereses de Ley, más si se tiene en cuenta, que el ejecutado no ha pagado la prestación. 

Amparo también mi solicitud en lo establecido por los Artículos 18, 66, 158 y demás Artículos pertinentes de la Ley de Títulos Valores 27287: Artículos que exponen respecto al mérito ejecutivo de los Títulos Valores, el lugar de pago y además todos los requisitos formales que debe contener un cheque como la que anexo a mi demanda. 

V. MONTO DEL PETITORIO Y COMPETENCIA: 

Cumplo con señalar que el monto de mi petitorio es la suma de S/. 14.000.oo (CATORCE MIL SOLES). Por lo que vuestro Despacho es competente para conocer la presente demanda, puesto que la misma no supera los 50 Unidades de Referencia Procesal conforme lo exige nuestro ordenamiento procesal. 

VI. VÍA PROCEDIMENTAL: 

De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 688 Inciso 4 del Código Procesal Civil (Dec. Leg. 1069), de acuerdo a su naturaleza y a mi pretensión, la presente demanda deberá tramitarse en la VÍA DE PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN 


VII.- MEDIOS PROBATORIOS: 

Como medios probatorios de mi demanda ofrezco lo siguiente: 

1) El mérito de la Cheque N° 08-2019-17 34563 a cargo del Banco del Sur, por el importe de S/. 14.000.oo, con fecha de pago el 11 de mayo de 2019. 

2) El merito de la Carta Notarial de Requerimiento de fecha 11 de mayo del 2019, con lo que pruebo en forma indubitable, que mi parte siempre ha tenido la intención de llegar a un acuerdo armonioso con la ejecutada para que me pague su deuda. 

VIII.- ANEXOS DE LA DEMANDA: 

Como Anexos de la presente demanda, adjunto los siguientes documentos: 
ANEXO 1-A.- Copia de D.N.I del recurrente 
ANEXO 1-B.- Cheque N°08-2019-17 34563, por la suma de S/. 14.000.oo 
ANEXO 1-C.- Carta Notarial de Fecha 11 de mayo del 2019
ANEXO 1-D.- Tasa Judicial por calificación de Título de Ejecución 
ANEXO 1-E.- 02 Tasas Por derecho de Notificación 


POR TANTO: 

Sírvase Ud. señor Juez admitir la presente demanda, darle el trámite que a su naturaleza corresponde y oportunamente declararla fundada en todos sus extremos. 

OTROSI DIGO.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 80 concordante con el Artículo 74 del Código Procesal Civil, otorgo facultades generales de representación al Abogado que autoriza la presente demanda, designando el domicilio personal indicado en la introducción del mismo, quien declara estar instruido de la representación y los alcances otorgados. 

Tacna, 16 de Mayo del 2019